Desde el año 2012 se han producido una serie de modificaciones y novedades legislativas en telecomunicaciones que han generado un verdadero nuevo escenario en cuanto la capacidad y alcance de la intervención municipal en la materia.
En términos generales, el Estado se ha atribuido la potestad exclusiva de la gestión de las autorizaciones de las actividades con una voluntad clara de limitar al máximo una intervención concurrente en medio ambiente y urbanismo por parte de las administraciones locales y autonómicas que ha sido percibida en esencia como un mero obstáculo al despliegue de las redes de comunicaciones disponibles al público.
Este hecho, a su vez, ha requerido de modificaciones legislativas en Cataluña en el ámbito de la prevención y control de las actividades ambientales y en el ámbito de la gestión de licencias, permisos o autorizaciones, tanto de actividades como de obras.
Desde un punto de vista práctico, y en cuanto a las infraestructuras de radiocomunicación, todas estas actividades pasan a incluirse en un régimen de declaración responsable salvo algunas excepciones poco habituales. Esto significa que se anula cualquier control municipal «ex-ante» de la actividad y la obra correspondiente.
La definición y alcance de estas declaraciones responsables se fundamentan en el artículo 71 bis de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cabe decir sin embargo, que el interesado que presenta una declaración responsable manifiesta que cumple toda la legislación que aplica a esa actividad, incluida la local, y que la Administración puede efectuar los controles «ex-post» que considere oportunos con las consecuencias jurídicas y de todo orden que pueda conllevar «la inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento» que acompañe o incorpore la declaración.
Es decir, la desaparición de un control previo, no exime al declarante de cumplir la normativa local ni al Ayuntamiento de las tareas de control y restitución de la legalidad, si proceden. Huelga decir que en la realización de estos controles a posteriori, puede contar con nuestra colaboración.
Dadas las circunstancias expuestas, a juicio de «BCN Projecta Associats SL», la regulación del proceso administrativo de concesión de licencia o de aceptación de una comunicación por la vía de una Ordenanza de Infraestructuras de Radiocomunicación ha perdido gran parte de su importancia por cuanto el propósito básico de aquella herramienta era la definición del régimen de intervención aplicable a las diferentes instalaciones, del contenido técnico de los proyectos ambientales y del proceso de tramitación, como ayuda a la labor de los ingenieros municipales. Ahora mismo, en ausencia de cualquier documentación aportada, sólo permanecerían útiles las partes de regulación del paisaje urbano, o de otros similares que hubiera.
Ahora bien: consideramos que la regulación urbanística de la compatibilidad de instalaciones de radiocomunicación o telecomunicación con el planeamiento urbanístico local toma más sentido que nunca. De otro modo, la capacidad municipal de impulsar la integración de las instalaciones en el paisaje urbano, de minorizar su impacto visual, de fomentar la práctica la compartición priorizando el establecimiento de infraestructuras en emplazamientos de dominio público, etc. sería nula.
Por todo ello, la ordenación que ofrece «BCN Projecta» mediante un Plan Especial Urbanístico de Instalaciones de Radiocomunicación, junto con otros instrumentos complementarios (una nueva ordenanza, o la aplicación pactada de códigos de buenas prácticas de instalación) , sigue siendo conceptualmente válida, útil, conveniente y jurídicamente robusta, siempre que respete el marco de actuación que señala la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de telecomunicaciones.
También os queremos recordar que, según la citada Ley de Telecomunicaciones, la fecha límite de adaptación de los instrumentos vigentes de ordenación a los nuevos preceptos legales es el 12 de mayo de 2015.
Para ampliar la información precedente, analizar cómo os afecta, las alternativas disponibles junto con sus pros y contras, así como cualquier otro aspecto de su interés, no dude en ponerse en contacto con nosotros, ya sea por e-mail o llamándonos, y le atenderemos con mucho gusto.
Autor: Raimon Balart
Administrador BCN Projecta Associats SL